Hablar de normativas normalmente es hablar de textos con un contenido tedioso y en ocasiones ambiguo e interpretable. Toda edificación y reforma de viviendas, edificios, núcleos residenciales… está sujeta a una serie de «leyes» de obligatorio cumplimiento. Algunas de ellas tienen que ver con la energía solar térmica y en concreto, con la aportación de la misma al sistema de agua caliente sanitaria (ACS) y a la climatización de piscinas con energía solar. En este artículo os las contamos, centrándonos en su ámbito de aplicación y en lo que se exige cumplir.
Ámbito de aplicación de la normativa
Dentro del ámbito de la aplicación de la normativa, se distinguen 3 casos:
a) edificios de nueva construcción o existentes en los que o bien se realice una reforma integra en su conjunto o de la instalación térmica, se produzca un cambio en su uso característico, o exista una demanda de agua caliente sanitaria (ACS) superior a 50 l/día.
b) edificios existentes con una demanda inicial de ACS superior a 5.000 l/día en los que se den ampliaciones o intervenciones no cubiertas en el punto anterior que supongan un incremento superior al 50% de la demanda inicial.
c) climatización de piscinas con energía solar cubiertas nuevas, piscinas cubiertas existentes en las que se renueve la instalación térmica, o piscinas descubiertas existentes que pasen a ser cubiertas.
Exigencias normativas en la climatización de piscinas con energía solar
La normativa establece una contribución mínima de la energía solar térmica al ACS en función de la zona climática y de la demanda de ACS o de climatización de la piscina.
Pero, ¿Qué se entiende por contribución mínima? La contribución solar mínima anual es la fracción entre los valores
anuales de la energía solar aportada exigida y la demanda energética anual para ACS o climatización de piscina, obtenidos a partir de los valores mensuales.
En el caso de edificios existentes en los que se realiza una ampliación o intervención que supone un aumento de la demanda, la contribución mínima requerida a la energía solar solo tendrá en cuenta la cantidad de demanda que se haya incrementado.
¿Cuál debe ser la contribución mínima en el caso del ACS? Pues para ello se toma como referencia la zona climática y el nivel de demanda total (litros/día) a una temperatura de referencia de 60ºC. Cruzando esos datos, se obtiene la siguiente tabla:
¿Y en el caso de las piscinas? La tabla de referencia seria esta:
A partir de ahí, la normativa también incluye determinados supuestos que pueden hacer variar la contribución especifica de la instalación solar. Por ejemplo, edificios que no cuenten con suficiente acceso al sol por barreras externas al mismo, limitaciones dictadas por normativas urbanísticas…