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Calderas de biomasa: Las nuevas exigencias legales

Calderas de biomasa: Las nuevas exigencias legales

Desde el 1 de enero de 2020, todas las calderas de biomasa fabricadas tanto en la UE como fuera de ella que se instalen en Europa deben cumplir obligatoriamente una serie de condiciones y requisitos mínimos de eficiencia energética y emisiones de partículas y gases -monóxido de carbono, compuestos orgánicos gaseosos y óxidos de nitrógeno-.

Reglamento europeo de las calderas de biomasa

Los reglamentos europeos para equipos de calefacción y climatización buscan fomentar el empleo eficiente de combustibles de origen renovable en aras de lograr los objetivos de eficiencia energética y ahorro de emisiones que se han marcado desde Bruselas para los próximos años. Este Reglamento 2015/1189 de diseño ecológico aplicable a calderas de combustible sólido, entró en vigor en agosto de 2015 y establecía un periodo transitorio que finalizó el primero de enero pasado.

Los requisitos de diseño ecológico para calderas de biomasa se aplican a calderas de potencia térmica nominal inferior a 500 kW que usen combustibles sólidos. Están excluidas las calderas de biomasa que usen exclusivamente multicombustible no procedente de madera como cáscaras de frutos secos o huesos de aceituna, entre otros combustibles.

calderas de biomasa reglamento

El periodo transitorio para estufas de biomasa e insertables

En agosto de 2015 también entró en vigor el Reglamento 2015/1185 de requisitos de diseño ecológico aplicable a aparatos de calefacción local de combustible sólido (estufas, insertables, cocinas,…) de potencia térmica nominal inferior a 50 kW. En este caso, la transitoriedad termina el 1 de enero de 2022 cuando las exigencias a estos aparatos ya serán obligatorias.